Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

 

VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA

27 DE FEBRERO DE 2023

No. 1053

Í N D I C E

P O D E R E J E C U T I V O

Secretaría de Desarrollo Económico

¨     Aviso por el que se da a conocer la actualización de la página de los trámites y servicios que otorga el Fondo para

el Desarrollo Social de la Ciudad de México                                                                                                                                    3

Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

¨     Aviso por el que se da a conocer la “Guía Técnica para la elaboración de los estudios para el Dictamen de Impacto Urbano y Autorización de Impacto Ambiental”                                                                                                                            11

Secretaría del Medio Ambiente

¨     Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria del Programa Altépetl Bienestar 2023 para el componente

“Bienestar para el Bosque”                                                                                                                                                                 34

Secretaría de Obras y Servicios

¨     Aviso por el cual se dan a conocer la actualización de conceptos y cuotas de ingresos de aplicación automática

que deberán aplicar en los centros generadores de la Dirección General de Servicios Urbanos y Sustentabilidad            41

Secretaría de Salud

¨     Aviso por el cual se dan a conocer sus Lineamientos de Racionalidad y Austeridad del Gasto correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023                                                                                                                                                                                             47

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

 

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR 2023 PARA EL COMPONENTE “BIENESTAR PARA EL BOSQUE”

 

La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 18, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7°, fracción X, inciso E), 41 y 188 fracción XLIV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y en cumplimiento con lo dispuesto en los apartados 8. Requisitos y procedimientos de acceso, numerales 8.1 Difusión, 8.2 Requisitos de acceso en su subnumeral

8.2.1. Componente Bienestar para el Bosque, 8.3 Procedimientos de acceso y 8.4 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal; así como los apartados de las Reglas de Operación del Programa Altépetl Bienestar 2023, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 1033, el 27 de enero de 2023, convoca a hombres y mujeres mayores de edad que realicen actividades de protección, preservación, conservación, restauración, vigilancia, monitoreo de los recursos naturales e implementen Proyectos de Desarrollo Comunitario y para la conservación de patrimonio biocultural en ejidos, comunidades y pequeña propiedad (propiedad privada) dentro del suelo de conservación en la Ciudad de México, a participar en el componente “Bienestar para el Bosque”, contenido en el programa Altépetl Bienestar 2023, bajo las siguientes:

 

BASES

 

Objetivo General.- El Programa Altépetl Bienestar 2023 tiene como objetivo proteger, preservar, conservar y restaurar los ecosistemas, agroecosistemas y los servicios ambientales, así como de implementar proyectos de desarrollo comunitario, la diversidad de formas de turismo, la vigilancia y monitoreo continuo, fomentar las actividades productivas, agropecuarias, sustentables y agroecológicas, rescatar y fortalecer el patrimonio biocultural, la capacitación, el acompañamiento técnico, social y productivo y otorgar acceso equitativo e incluyente para hombres y mujeres del suelo de conservación de la Ciudad de México al programa, mediante ayudas, apoyos, estímulos y subsidios.

 

Objetivo Específico del Componente Bienestar para el Bosque.- Orientado para llevar a cabo acciones en materia de protección, preservación, conservación y restauración de los recursos naturales del suelo de conservación de la Ciudad de México, vigilancia y monitoreo continuo, así como la implementación de Proyectos de Desarrollo Comunitario con la participación sustantiva de los sujetos agrarios en comunidades, ejidos y pequeña propiedad.

 

Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios del Programa Altépetl Bienestar 2023 para el componente Bienestar para el Bosque, hombres y mujeres mayores de edad que realicen actividades de protección, preservación, conservación, restauración, vigilancia, monitoreo de los recursos naturales e implementen Proyectos de Desarrollo Comunitario y para la conservación de patrimonio biocultural en ejidos, comunidades y pequeña propiedad (propiedad privada) dentro del suelo de conservación en la Ciudad de México, que lleven a cabo Programas de trabajo en las líneas de ayuda de este componente.

 

En el caso de los núcleos agrarios y sembradores que no cuenten con representante legal para acceder al presente Componente, deberán presentar las solicitudes de ayuda individual en el Centro de Innovación e Integración Comunitaria (CIIC) correspondiente o en la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable, las cuales deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Preservación, Protección y Restauración de los Recursos Naturales, para definir sus programas de trabajo, y en su caso, la elaboración del Programa Comunitario de Manejo Forestal de cada núcleo agrario. Los programas de trabajo serán dados a conocer en asambleas o reuniones de los núcleos agrarios, a fin de favorecer su involucramiento en el desarrollo de las acciones planteadas, con la participación de la DGCORENADR y otros actores locales relacionados al tema.

 

Para la integración de las brigadas de sembradores deberá considerarse 1(un) sembrador en jefe (antes jefe de brigada) y 10 (diez) sembradores (antes brigadistas).   Las actividades para todas las brigadas de sembradores no serán limitativas, sino que deberán sujetarse a lo establecido en sus respectivos programas de trabajo, estando enfocadas a: conservación y restauración de suelo y agua; vigilancia, protección y conservación de los recursos naturales y de las áreas decretadas con alguna figura de protección en los ejidos y comunidades; monitoreo con vigilancia, educación e interpretación ambiental para la valoración de los recursos naturales; inventario forestal, monitoreo de flora y fauna; prevención, control y combate de incendios forestales; sanidad forestal; limpieza y recolección de residuos orgánicos e inorgánicos; conservación y


 

fomento de la zona chinampera, zona de humedales, así como el desarrollo de actividades de contención para evitar daños ambientales u otras actividades de apoyo que defina la DGCORENADR, dentro del suelo de conservación de la Ciudad de México. La DGCORENADR determinará las áreas de intervención de las brigadas de sembradores a través de cuadrantes, considerando que los programas de trabajo deberán incluir las actividades que requiera el territorio, garantizando con ello la conservación y preservación de los diferentes ecosistemas en el suelo de conservación.

 

Área de atención.- El Programa Altépetl Bienestar 2023 para el componente Bienestar para el Bosque, se aplicará en el suelo de conservación de la Ciudad de México que comprende las Alcaldías en Cuajimalpa de Morelos, Álvaro Obregón, La Magdalena Contreras, Tlalpan, Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, así como el Cerro de la Estrella en Iztapalapa, la Sierra de Guadalupe y otras secciones ubicadas en la Alcaldía en Gustavo A. Madero, para aquellos que realicen las acciones enunciadas en las Líneas de Ayuda de este componente.

 

Líneas de Ayuda.

Las ayudas estarán dirigidas a actividades de conservación, protección, preservación, vigilancia y monitoreo de los recursos naturales y la implementación de Proyectos de Desarrollo Comunitario, tales como:

 

I.   Áreas de Restauración y Conservación Ambiental Comunitaria (ARCAC) (antes ACC), en los ejidos, comunidades y pequeñas propiedades del suelo de conservación, preferentemente orientadas a coadyuvar para evitar los asentamientos humanos irregulares, la tala clandestina y los probables delitos ambientales.

a)  Conservación de los Recursos Naturales.

b)  Restauración Ambiental.

c)  Acciones eficaces que contribuyan a la contención y recuperación de áreas con daños ambientales.

d)  Proyectos de Desarrollo Comunitario.

II.  Vigilancia y protección de los recursos naturales en suelo de conservación.

III.   Protección y restauración ecológica de las zonas degradadas en ecosistemas forestales y lacustres del suelo de conservación.

IV.  Sanidad Forestal; monitoreo, identificación y formulación de diagnósticos de plagas o enfermedades forestales.

V.  Limpieza y recolección de residuos orgánicos e inorgánicos en suelo de conservación.

VI.  Prevención, control y combate de incendios forestales.

VII.   Combate a la erosión (surcos, cárcavas y otras) a través de la ejecución de obras de conservación y actividades de conservación y restauración de suelo y agua.

VIII.   Fomento de áreas de amortiguamiento, restauración ecológica, repoblamiento de la vida silvestre y declaratoria de UMA.

IX.  Elaboración o actualización de Programas de Manejo en el suelo de conservación.

X.    Elaboración de estudios de impacto ambiental (Bioarquitectónicos), mantenimiento, equipamiento y operación de espacios de uso común.

XI.  Asesores Técnicos de Protección y Restauración de los Recursos Naturales.

 

Requisitos Documentales.- Los solicitantes interesados en participar en el Programa Altépetl Bienestar 2023 para el componente Bienestar para el Bosque, deberán proporcionar en la Ventanilla Única la siguiente documentación:

 

Requisito

Documento

1) Ingresar en la página electrónica definida en la convocatoria que se emita para este componente, y/o

acudir personalmente a realizar su solicitud.

 

Formato de Solicitud debidamente requisitado.

 

 

2) Acreditar identidad personal.

Ser mayor de edad y presentar identificación oficial vigente: Credencial de votar vigente (expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral), Pasaporte, Cédula Profesional (con fotografía) o Cartilla

militar.

3) Ser ciudadano(a) residente de alguna de las nueve Alcaldías que conforman el suelo de conservación de la Ciudad de México, (Xochimilco, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Álvaro Obregón, La Magdalena Contreras, Cuajimalpa de Morelos, Iztapalapa y Gustavo A. Madero).

Comprobante de domicilio en alguna de las nueve Alcaldías con suelo de conservación (agua, predial, luz, telefonía, servicios de televisión restringida, internet, constancia de residencia emitida por la alcaldía), con una

vigencia no mayor a tres meses a la presentación de la solicitud.


 

 

 

4) Clave Única de Registro de Población (CURP).

CURP en formato oficial legible.

5) Documento expedido por una institución bancaria de una cuenta activa personal (este documento deberá tener CLABE interbancaria legible y firmado por el solicitante),

donde serán realizadas las transferencias bancarias o SPEI, derivadas de las ayudas del presente programa.

Estado de cuenta, contrato o documento bancario de una cuenta activa o documento generado por las plataformas de banca múltiple (este documento podrá presentarse en la

formalización del Convenio respectivo o una vez que la solicitud haya sido aprobada).

6) En caso de haber recibido ayuda del Programa Altépetl Bienestar en los ejercicios anteriores en cualquiera de sus

componentes, deberá haber comprobado los recursos del ejercicio correspondiente.

 

Finiquito.

 

Requisitos Específicos para el componente “Bienestar para el Bosque”.

 

a)   Para líneas de ayuda: I. Áreas de Restauración y Conservación Ambiental Comunitaria (ARCAC) (antes ACC), en los ejidos, comunidades y pequeñas propiedades del suelo de conservación, preferentemente orientadas a coadyuvar para evitar los asentamientos humanos irregulares, la tala clandestina y los probables delitos ambientales.

 

1.  Acta de Asamblea de elección de los representantes del núcleo agrario, en su caso.

 

2.   Copia de la resolución presidencial de dotación y/o ampliación del ejido, de reconocimiento y titulación de bienes comunales, o bien de su instrumento de creación.; o, en su caso, acreditar la propiedad o posesión pacífica del predio a realizar las actividades.

 

3.  Acta de asamblea legalmente establecida del núcleo agrario correspondiente y vigente a la presentación de la solicitud de ayuda para el ejercicio fiscal 2023, donde se acuerde su incorporación a la línea de ayuda mencionada.

 

4.   Los Núcleos Agrarios deberán presentar su solicitud de inversión 2023 con base en el Programa de Manejo Forestal Comunitario y Ordenamiento Territorial Ecológico (PMFC y OT), así como dos cotizaciones personalizadas de los conceptos a adquirir con los requisitos fiscales vigentes, excepto en el caso de equipamiento. Dichos proyectos serán consensuados y validados de manera coordinada por el Centro de Innovación e Integración Comunitaria correspondiente, la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable y por la Dirección de Preservación, Protección y Restauración de los Recursos Naturales. La solicitud de inversión de los Núcleos Agrarios deberá estar enfocada a realizar acciones en materia de:

 

-  Fomento de la Conservación de los Recursos Naturales.

-  Restauración Ambiental.

-  Proyectos de Desarrollo Comunitario.

-  Contención para evitar daños ambientales dentro del suelo de conservación de la Ciudad de México.

-  Monitoreo e implementación de acciones en materia de sanidad (plagas y/o enfermedades) de los recursos naturales.

 

Estas solicitudes deberán ser aprobadas por la asamblea del núcleo agrario correspondiente. Además, la adquisición de los recursos materiales, herramientas, insumos, equipos y vehículos deberá contar con la validación de la DGCORENADR y estos serán ministrados en función de las comprobaciones y avances de los programas de trabajo. Los bienes muebles que se adquieran a través del Programa pasarán a formar parte del patrimonio del núcleo agrario, y la documentación derivada de dichas adquisiciones deberá ser endosada a nombre del núcleo agrario respectivo.

 

Para el caso de la adquisición de herramientas, equipamiento, insumos y/o bienes muebles entre otros, los recursos serán ministrados directamente a los proveedores que para su efecto seleccione el núcleo agrario a través de una instrucción de pago. El incentivo anual, se podrá otorgar a los núcleos agrarios que en ejercicios anteriores lo entregaron de manera equitativa e individual a ejidatarios o comuneros. Dicho incentivo será entregado de manera directa a los integrantes del núcleo agrario correspondiente, por medio de una transferencia electrónica.

 

Las brigadas de sembradores, invariablemente deberán establecer su Programa de Trabajo por cuadrantes.


 

5.   Los Núcleos Agrarios deberán comprometerse a través de acuerdos de asamblea, a realizar acciones de contención para evitar daños ambientales dentro del suelo de conservación; a participar en cuando menos una actividad comunitaria (faena), y en caso de no poder hacerlo asignará a un suplente. Así mismo se comprometen a evitar el establecimiento de cultivos que provoquen el deterioro del suelo, como es el caso de la papa, y/o el uso de agrotóxicos de alto impacto ambiental.

 

6.   Los núcleos agrarios deberán elaborar un documento para publicación de la diversidad de sus recursos naturales y/o vestigios arqueológicos. Para la elaboración de dicho documento se contará con el apoyo del personal técnico del programa.

 

7.  Los núcleos agrarios que presenten conflictos o controversias entre límites, colindancias o que no cuenten con órganos de representación formal, no podrán ser elegibles para otorgar el apoyo como ARCAC (antes ACC).

 

b)    Para líneas de ayuda: ll. Vigilancia y protección de los recursos naturales en Suelo de conservación; III. Protección y restauración ecológica de las zonas degradadas en ecosistemas forestales y lacustres en el Suelo de conservación; IV. Sanidad forestal; Monitoreo, identificación y formulación de diagnósticos de plagas o enfermedades forestales. V. Limpieza y recolección de residuos orgánicos e inorgánicos en Suelo de conservación y; Vl. Prevención, control y combate de incendios forestales.

 

Las brigadas de sembradores asignadas a estas líneas deberán contar con un Programa de Trabajo validado por el CIIC que corresponda o a la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable, mismo que deberá anexarse a la solicitud de ayuda por parte del sembrador en jefe (jefe de brigada). El Programa de Trabajo deberá contener: nombre de la brigada, línea de ayuda en la que suscribe el Programa de Trabajo, objetivos, áreas de trabajo o cuadrante de actuación, actividades a realizar (cada una con su meta física), relación de integrantes y cronograma de trabajo.

 

Las brigadas de sembradores que realicen actividades dentro de una superficie declarada como Áreas Naturales Protegidas (ANP) de la Ciudad de México, independientemente de si son administradas por alguna Autoridad o Áreas Naturales de bienes comunes, deberán presentar la autorización de la instancia competente para el desarrollo de las actividades de conservación.

 

c)   Para líneas de ayuda: VII. Combate a la erosión (surcos, cárcavas y otras) a través de la ejecución de obras de conservación y actividades de conservación y restauración de suelo y agua. y VIII. Fomento de áreas de amortiguamiento y restauración ecológica, repoblamiento de la vida silvestre y declaratoria de UMA.

 

El Proyecto, deberá contener al menos: nombre del proyecto, línea de ayuda, justificación, objetivos, localización del área de trabajo (con croquis y referencias geográficas), actividades o tipo de obra con volumen a realizar cada una con su meta física, relación de insumos, materiales, herramientas, equipo o mano de obra (incluir claramente conceptos y cantidades), presupuesto acompañado de dos cotizaciones personalizadas y cronograma de trabajo. En el caso de los proyectos que requieran atender alguna regulación previa ante la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), deberán realizar el trámite correspondiente y entregar al CIIC que corresponda o a la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable copia del trámite realizado.

 

d)   Para líneas de ayuda IX. Elaboración o actualización de Programas de Manejo en el suelo de conservación; y X. Elaboración de estudios de impacto ambiental (Bioarquitectónicos), mantenimiento, equipamiento y operación de espacios de uso común.

 

La elaboración de los programas y estudios, deberá contener al menos: datos generales del proyecto (nombre del proyecto, línea de ayuda, ubicación, predio, representante, asesor técnico), marco jurídico, generalidades, justificación, objetivos, localización del área de trabajo (con croquis y referencias geográficas), actividades o tipo de obra con volumen a realizar cada una con su meta física, relación de insumos, materiales, herramientas, equipo o mano de obra (incluir claramente conceptos y cantidades), programa de actividades con planos, cronograma de actividades y beneficios esperados.

 

En el caso de los proyectos que requieran atender alguna regulación previa ante la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA) o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), el solicitante deberá realizar el trámite correspondiente y entregar al CIIC que corresponda o a la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable copia del trámite realizado.


 

Todos los beneficiarios en las distintas líneas de ayuda del componente deberán participar en los procesos de inducción y capacitación que serán convocados y facilitados por la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable y la de Preservación, Protección y Restauración de los Recursos Naturales.

Consideraciones.- En las líneas de ayuda de este componente, adicionalmente la DGCORENADR, durante el desarrollo del Programa de Trabajo podrá formular observaciones y requerir en su caso la documentación soporte y complementaria previo a la dispersión correspondiente del recurso.

 

Los Asesores Técnicos de Protección y Restauración Forestal asignados a alguno de los Núcleos Agrarios para la asistencia de las Áreas de Restauración y Conservación Ambiental Comunitarias (ARCAC), serán validados por la Dirección de Preservación, Protección y Restauración de los Recursos Naturales y deberán cumplir con lo siguiente:

 

-  Que hayan cumplido sus actividades sin observaciones en el ejercicio fiscal 2022.

-  No pertenecer a la mesa directiva de algún Núcleo Agrario.

-  No haber sido dado de baja por incumplimiento durante los ejercicios anteriores.

-  No podrá acceder a dos ayudas para el mismo programa en ninguno de sus componentes.

 

Asignación de Recursos.- El componente Bienestar para el Bosque cuenta con un presupuesto de $490,000,000.00 (Cuatrocientos noventa millones de pesos 00/100 M.N.) y las ayudas establecidas se otorgarán hasta donde el presupuesto especificado para el ejercicio fiscal 2023 lo permita. Las referencias de las ayudas serán las siguientes:

 

   Ayudas de hasta $96,000.00 (Noventa y seis mil pesos 00/100 M.N) para sembrador en jefe (jefe de brigada) y hasta

$72,000.00 (Setenta y dos mil pesos 00/100 M.N) para sembradores (brigadistas). La frecuencia de entrega de ayudas se establecerá en el Convenio de Concertación de Acciones.

 

   Ayudas de hasta $216,000.00 (Doscientos dieciséis mil pesos 00/100 M.N) para asesores técnicos de Protección y Restauración de los Recursos Naturales y técnicos de sanidad. La frecuencia de entrega de ayudas se establecerá en el Convenio de Concertación de Acciones.

 

  En el caso de los proyectos, serán evaluados por la Comisión Dictaminadora y las ayudas dependerán del dictamen del proyecto que al efecto realice el CIIC correspondiente o la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable, previo a que sea validado por el CTAR.

 

  Para la retribución de la conservación y restauración de los servicios ambientales, se aplicará un sistema base de estímulos acumulativos o de decremento, dependiendo de las condiciones ambientales de los recursos naturales en la totalidad de la superficie del Núcleo Agrario donde aplique, y tendrá una variante económica dependiendo del daño ambiental y/o una compensación adicional por la preservación de los recursos naturales donde aplique, considerando un monto máximo de hasta $7,000.00 (Siete mil pesos 00/100 M. N.) por hectárea. Los montos asignados se aplicarán de acuerdo al siguiente orden de prelación: contención de daños ambientales, obras de conservación de los recursos naturales, proyectos de desarrollo comunitario, incremento de brigadas, equipo, maquinaria e incentivos.

 

  Para las líneas de ayuda I. Áreas de Restauración y Conservación Ambiental Comunitaria (ARCAC) (antes ACC), en los ejidos, comunidades y pequeñas propiedades del suelo de conservación, preferentemente orientadas a coadyuvar para evitar los asentamientos humanos irregulares, la tala clandestina y los probables delitos ambientales, II. Vigilancia y protección de los recursos naturales en Suelo de conservación, III. Protección y restauración ecológica de las zonas degradadas en ecosistemas forestales y lacustres en el Suelo de conservación, IV. Sanidad forestal; Monitoreo, identificación y formulación de diagnósticos de plagas o enfermedades forestales, V. Limpieza y recolección de residuos orgánicos e inorgánicos en Suelo de conservación y VI. Prevención, control y combate de incendios forestales, que consideran brigadas de sembradores, el sembrador (jefe de brigada) podrá recibir una ayuda para indumentaria y equipamiento. La asignación de los montos estará en función de las actividades establecidas en el Programa de Trabajo, mismo que será entregado al representante del Núcleo Agrario y formará parte de su patrimonio.

 

   Asimismo, los técnicos adscritos a las líneas de ayuda IV. Sanidad forestal; Monitoreo, identificación y formulación de diagnósticos de plagas o enfermedades forestales y XI. Asesores Técnicos de Protección y Restauración de los Recursos Naturales, podrán recibir indumentaria y equipamiento como parte de la ayuda.


 

  Por otro lado, para las líneas de ayuda I. Áreas de Restauración y Conservación Ambiental Comunitaria (ARCAC) (antes ACC), en los ejidos, comunidades y pequeñas propiedades del suelo de conservación, preferentemente orientadas a coadyuvar para evitar los asentamientos humanos irregulares, la tala clandestina y los probables delitos ambientales, IV. Sanidad forestal; Monitoreo, identificación y formulación de diagnósticos de plagas o enfermedades forestales y VI. Prevención, control y combate de incendios forestales los núcleos agrarios que cuenten con vehículos adquiridos mediante las ayudas del Programa desde su implementación, a través del sembrador en jefe (jefe de brigada) y/o técnicos, podrán considerar el mantenimiento de estas unidades, dentro del concepto de equipamiento.

 

Para todos los casos, la entrega de las ayudas podrá ser en económico y/o en especie. Los beneficiarios de este componente podrán solicitar la ayuda para equipamiento e indumentaria, cuando así proceda mediante instrucción de pago.

 

La operación y la revisión de la documentación comprobatoria y, en su caso, la expedición del finiquito del componente Bienestar para el Bosque, como parte del Programa Altépetl Bienestar 2023, serán responsabilidad de los CIIC y de la DCPS, y el seguimiento corresponderá a la Dirección de Preservación, Protección y Restauración de los Recursos Naturales. La validación de las ayudas estará a cargo del CTAR.

 

La gestión de la primera ministración se realizará posterior a la firma del Convenio de Concertación de Acciones; las ministraciones subsecuentes estarán sujetas a la entrega de los reportes de actividades.

 

Para el caso específico del incentivo anual, cuando así proceda, se entregará en una ministración, siempre y cuando se haya cumplido con las acciones previstas en el presente instrumento y se hayan entregado los informes correspondientes.

 

Cabe señalar que el incentivo anual cuando así proceda, será utilizado conforme a lo que establezca la Asamblea General del núcleo agrario. Lo cual se acreditará con el Acta correspondiente debiendo entregarse una copia al Centro de Innovación e Integración Comunitaria que corresponda o la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable.

 

En el caso de las ayudas otorgadas a los Núcleos Agrarios a través de su representación, se tomará como beneficiario al Núcleo Agrario y no a su representante, por lo que todo lo que resulte de la asignación y entrega de la ayuda, tendrá que regirse bajo ese criterio.

 

Causales de baja o suspensión temporal:

Los solicitantes podrán permanecer en el Programa, siempre que cumplan con los requisitos y compromisos establecidos en el Programa Altépetl Bienestar 2023.

 

Se consideran los siguientes aspectos como causales de baja:

 

-   Si el otorgamiento de la ayuda se ve afectada por conflictos internos entre los núcleos agrarios, se procederá a la cancelación o baja de la ayuda.

-   Que amenace, agreda física o verbalmente a personal de la DGCORENADR, o a cualquier persona beneficiaria del programa.

-   En caso de que se detecte daños ambientales dentro del suelo de conservación, fraccionamiento de parcelas, establecimiento del cultivo de papa y afectaciones en zonas de reforestación con pastoreo y actividades no permitidas en el PGOEDF, serán canceladas las ministraciones pendientes de entregar, así como la cancelación del incentivo anual, en el caso de que aplique.

-  Que se compruebe que alguno de los documentos presentados para el registro de la solicitud de ayuda, sea falso.

-   Que se acredite la duplicidad de ayudas autorizadas u otorgadas a un mismo beneficiario o una misma unidad productiva por la DGCORENADR en el ejercicio fiscal que corresponda a excepción de los conceptos de ayuda que estipulen las Reglas de Operación.

-  Que la ayuda se aplique en un lugar distinto al señalado en la solicitud.

-  El incumplimiento o por faltas reiteradas al Reglamento de la Brigadas del Programa Altépetl Bienestar 2023.

-  Negarse u obstaculizar la verificación, supervisión y/o seguimiento.

-   Para los casos en que se suscriban Convenios de Concertación de Acciones, se obliga a los suscribientes al pleno cumplimiento de las actividades establecidas en el dicho instrumento. En caso de incumplimiento causarán suspensión temporal o la baja del Programa, mediante acuerdo del CTAR.

-   En caso de denuncias formalmente presentadas en contra de cualquier beneficiario de Programa Altépetl Bienestar, se podrá suspender los conceptos de la ayuda, hasta en tanto sea resuelto por la instancia competente.


-  Incumplir con las actividades establecidas en el Programa de Trabajo.

-  Que fallezca el beneficiario.

 

Fechas de apertura y cierre de ventanillas:

I.  Las ventanillas se encontrarán abiertas para la recepción de solicitudes de lunes a viernes en días hábiles, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, durante el periodo comprendido del 01 al 10 de marzo de 2023, o hasta donde el presupuesto lo permita.

 

II.  Los solicitantes deberán asistir personalmente a las ventanillas de atención y recepción de documentación indicada en el numeral 8.1.2 de las Reglas de Operación del programa, según corresponda.

 

Ubicación de Ventanillas y teléfonos de atención:

 

-   Centro de Innovación e Integración Comunitaria Nº 1, ubicado en Avenida Ojo de Agua número 268 esq. Oyamel, Colonia Huayatla, Alcaldía en La Magdalena Contreras, Código Postal 10360. Teléfonos 55-89-75-57-65 y 55-89-75-57-54, así como en Carretera Picacho Ajusco, kilómetro 5.5, s/n, Colonia ampliación Miguel Hidalgo, Alcaldía Tlalpan, Código Postal 14250. Teléfono 55-54-46-07-90. Para las Alcaldías en Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero y La Magdalena Contreras.

 

-   Centro de Innovación e Integración Comunitaria Nº 2, ubicado en Carretera Federal México-Cuernavaca Km. 36.5, Pueblo de San Miguel Topilejo, Paraje el Crucero, Alcaldía Tlalpan, Código Postal 14500. Teléfonos 55-58-49-90-61, 55- 58-49-92-75. Para la Alcaldía en Tlalpan.

 

-   Centro de Innovación e Integración Comunitaria Nº 3, ubicado en Avenida Año de Juárez número 9700, Col. Quirino Mendoza, Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, Alcaldía de Xochimilco, Código Postal 16610. Teléfonos 55-58-43-26-44, extensiones 151, 152 y 153. Para las Alcaldías de Milpa Alta e Iztapalapa.

 

-   Centro de Innovación e Integración Comunitaria Nº 4, ubicado en Avenida Año de Juárez número 9700, Col. Quirino Mendoza, Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, Alcaldía de Xochimilco, Código Postal 16610. Teléfonos 55-58-43-34-11 extensiones 157, 158 y 184. Será responsable de la atención de los solicitantes de la Alcaldía de Xochimilco.

 

-   Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable, ubicado en Avenida Año de Juárez número 9700, Col. Quirino Mendoza, Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, Alcaldía en Xochimilco, Código Postal 16610. Teléfonos 55-58-43- 34-11 extensión 223. Será responsable de la atención de los solicitantes de la Alcaldía de Tláhuac.

 

Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana: Los solicitantes y los beneficiarios pueden en todo momento interponer una queja o presentar una inconformidad, en persona o por escrito, en las ventanillas de los Centros de Innovación e Integración Comunitaria o a la Dirección de Capacitación para la Producción Sustentable y las instalaciones de la DGCORENADR, o al teléfono 55-58-43-34-11 extensiones 100 y 101, cuando consideren que se afectan sus derechos de participación por parte de los servidores públicos, en el marco del Programa descrito en las Reglas de Operación o bien acudir al Órgano Interno de Control en la Secretaría del Medio Ambiente, con domicilio en Río de la Plata 48, piso 4, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.

 

La presente Convocatoria fue aprobada mediante el acuerdo número CTAR/1ª.S.E./21-02-2023/001, en la Primera Sesión Extraordinaria del Comité Técnico de Asignación de Recursos (CTAR), que tuvo verificativo el 21 de febrero de 2023.

 

TRANSITORIOS

 

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

 

SEGUNDO. La presente convocatoria entrara en vigor al día siguiente de su publicación. Dado en la Ciudad de México, el 23 de febrero de 2023.

(Firma)


Ing. Columba Jazmín López Gutiérrez

Directora General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural y Presidenta del Comité Técnico de Asignación de Recursos del Programa Altépetl Bienestar