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2O AÑOS DE LA PAOT Caso 30 Solución: Gracias a la medida precautoria impuesta por la paot
La Regadera
a “La Regadera”, el particular se comprometió a hacer
las adecuaciones necesarias para cumplir con los límites
máximos permisibles de emisiones sonoras establecidos
Este caso destaca también por el cumplimiento voluntario
al que se somete el particular, después de imponer la acción
en la Norma. Las cuales fueron constatadas por la Procuraduría.
precautoria de paot.
Problemática: Por violar de manera reiterada los niveles
de ruido permitidos por la Norma Ambiental nadf-005-
ambt-2013, la Procuraduría suspendió las actividades del
establecimiento mercantil denominado “La Regadera”, ubicado
en Av. Universidad 434, Vértiz Narvarte, Benito Juárez.
El negocio, con giro de bar-karaoke, registró hasta 76.68 dB,
cuando el límite permitido que establece la Norma para
el horario de 20:00 a 6:00 horas es de 62 dB. Por tal motivo,
en distintas ocasiones la paot exhortó al particular a apegarse
a la normatividad, quien argumentó por escrito
que el establecimiento cuenta con aislantes de ruido.
No obstante, en las mediciones realizadas por la Procuraduría en
mayo, septiembre y noviembre de 2019, así como otra efectuada
en enero de 2020, el máximo de decibeles permitidos
fue rebasado en todas las mediciones, lo que hace evidente
que los aislantes que el responsable argumenta tener
en el bar no son suficientes; además de que el establecimiento
opera con las puertas abiertas, permitiendo que el ruido
162 se perciba desde la vía pública.