Page 23 - PAOT_20
P. 23

2O AÑOS DE LA PAOT  reclamado afecte las funciones de la Procuraduría, ni tampoco
              interviene la institución como sujeto de derecho privado,
              sino que lo hace en representación del interés de las personas
              habitantes de la Ciudad de México, esto es, en defensa
              de los derechos ambientales y territoriales de las personas
              que resultaron afectadas. Esto se ha logrado litigando.

              Los criterios mencionados resultaron tan relevantes en el orden
              jurídico nacional, que incluso la scjn hace referencia
              de la importancia del reconocimiento de la legitimación activa
              de la paot, en el volumen 3 de los “Cuadernos de Jurisprudencia”,
              denominado “Contenido y alcance del derecho humano
              a un medio ambiente sano”. En este documento se destaca
              la evolución de la jurisprudencia de la Corte sobre el contenido
              y alcance del derecho humano a un medio ambiente sano
              reconocido en el artículo 4º de la Constitución Política
              de los Estados Unidos Mexicanos, así como el estudio
              de los criterios emitidos sobre los mecanismos procesales
              para la tutela efectiva de este derecho, como el interés legítimo
              en el juicio de amparo y las acciones colectivas (Rabasa,
              Camaño, Carrillo, & Medina, 2020).








       22
   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28