Page 157 - PAOT_20
P. 157

2O AÑOS DE LA PAOT  Solución: En ejercicio de la facultad de representación del interés  en dos niveles lo permitido, además de que no cuenta con Registro
              legítimo, la paot interpuso acción pública en la que se emitió
                                                                    de Manifestación de Construcción.
              sentencia en la cual se determinó ilegal la construcción del segundo
                                                                    Solución: Evidenciar la contravención de la edificación
              nivel, así como el cambio de uso de suelo que se lleva a cabo
                                                                    al exceder el número de niveles máximos permitidos
              en el predio, por lo que se ordena llevar a cabo la demolición
              del nivel excedente, así como la clausura de las actividades
                                                                    en Coyoacán y al omitir considerar la zona de amortiguamiento
              y/o aprovechamientos del suelo distintos a los permitidos   por el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente
              por la legislación urbana.                            denominada “Buffer Level 2”, zona cuya restricción
                                                                    es la construcción de hasta dos niveles, toda vez que colinda
              Hasta el día de hoy, la sentencia no se encuentra firme,   con el polígono de la Declaratoria de Patrimonio Mundial
              pues en contra de esta proceden diversos medios de impugnación.  del Campus Central de la Ciudad Universitaria de la unam
                                                                    de la unesco; además de que para desarrollar cualquier
              Caso 24                                               proyecto, se debe contar con la aprobación del Comité
              Medicina 63                                           del Patrimonio Mundial de la unesco.

              Destaca por el resultado favorable del Litigio Estratégico de paot   A partir de la investigación realizada se desprenden
              en la que concluye la orden de demolición de niveles excedentes.  incumplimientos en materia de desarrollo urbano que fueron
                                                                    hechos valer por esta Procuraduría mediante la presentación
              Problemática: Presentación de cuatro denuncias        de una acción pública ante el tjacdmx, así como de la denuncia
              ciudadanas por la ampliación de un inmueble de cuatro   penal por cambio de uso de suelo en contra de dicha obra.
              niveles de altura en contravención a la Declaratoria
              de Patrimonio Mundial del Campus Central de la Ciudad   En ejercicio de la facultad de representación del interés legítimo,
              Universitaria de la unam de la unesco. La paot        la paot interpuso acción pública en la que se emitió sentencia
              llevó a cabo la investigación correspondiente         en la cual se determinó que al no existir autorización que ampare
              en la que se evidenciaron contravenciones en materia   la construcción, es incuestionable que la misma no se ajusta
              de desarrollo urbano. Construcción que incumple       a la normatividad, por lo que obligó a la alcaldía Coyoacán
              con la zonificación aplicable establecida por el Programa   a realizar la demolición de la construcción. La sentencia
      156     de Desarrollo Urbano para Coyoacán, ya que rebasa     se encuentra en vías de cumplimiento.
   152   153   154   155   156   157   158   159   160   161   162