Page 94 - PAOT_20
P. 94

Preventivo: se logra por medio del otorgamiento de capacitación,   y el Desarrollo Económico (ocde) se considera que el deterioro
         difusión de información, incentivos y programas de cumplimiento   ambiental derivado de actividades económicas era ajeno
         voluntario y la imposición de acciones precautorias para evitar   al costo de las actividades económicas, pero debía asumirse
         posibles daños o la continuidad de este.              a efecto de buscar su reparación. En nuestro país ya existe   2O AÑOS DE LA PAOT
                                                               una legislación federal que introduce la justicia restaurativa
         Justicia Restaurativa: se busca contar con un sistema moderno   para resarcir las afectaciones al medio ambiente
         de responsabilidad ambiental y territorial que privilegie   mediante la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental,
         la reparación del daño ambiental por encima           pero que solo es de aplicación de las competencias federales;
         de la indemnización económica.                        por ejemplo, los daños ambientales que pudieran causar
                                                               el derrame de residuos peligrosos o biológico infecciosos.
         SUGERENCIA DE LEY DE RESPONSABILIDAD
         AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO                      Desafortunadamente dentro del marco jurídico vigente
                                                               para la Ciudad de México no hay una autoridad que persiga
         Para lograr una justicia ambiental reparatoria es necesario   de forma cotidiana y por mandato de ley la reparación del daño
         impulsar una legislación en materia de Responsabilidad   ambiental. Para ello se requieren acciones colectivas y recursos
         Ambiental para la Ciudad de México, que privilegie la reparación   jurídicos de un alto nivel de especialización que no son sencillos
         integral del daño en especie y que legitime a la Procuraduría   de reunir; además, los litigios para poder acreditar el daño
         para la representación de la víctima colectiva.       en esta materia suelen ser costosos y largos, en virtud
                                                               de que las autoridades jurisdiccionales (jueces) no conocen
         Por lo general se cuenta con tres tipos de sistemas   del todo la materia ni la legislación internacional aplicable.
         de responsabilidad en las disposiciones jurídicas ambientales:
         Responsabilidad Administrativa, Responsabilidad Penal   Por lo anterior, la paot, en uso de una de sus facultades
         y Responsabilidad Civil. No obstante, la legislación local   está trabajando en una sugerencia de Ley de Responsabilidad
         de la Ciudad de México solo de forma aislada hace referencia   Ambiental o de Justicia Restaurativa para enviarse
         a la reparación de daños ambientales de manera específica.   al Congreso Local de la Ciudad de México.

         Desde que en 1972 se estableció el “Principio del que contamina   Por medio de esta Ley se logrará cuantificar y exigir
         paga” por la Organización para la Cooperación         a los infractores reparar los daños al medio ambiente;   93
   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98   99