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LA VISIÓN DE LA PAOT RESPECTO AL BIENESTAR de comportamiento y fisiológicas frente a cambios en su ambiente,
Y EL MALTRATO ANIMAL generalmente impuestos por el ser humano”. 32
El bienestar animal es un concepto científico que se evalúa Sin embargo, el Código Sanitario para los Animales Terrestres 2O AÑOS DE LA PAOT
de manera objetiva. Se refiere al estado interno de un animal conocido como Código Terrestre de la Organización Mundial
cuando enfrenta el ambiente que lo rodea, comprende de Sanidad Animal (oie) refiere que el término bienestar animal
su estado de salud, su percepción del entorno y sus estados es el “estado físico y mental de un animal en relación
mentales. Se refiere también al estado en que el animal tiene con las condiciones en las que vive y muere”. 33
satisfechas sus necesidades fisiológicas básicas (p.ej. alimento,
agua, termorregulación), de salud y de comportamiento, frente La materia de maltrato animal es la más denunciada
a los cambios en su ambiente. por la ciudadanía ante la paot, desde 2019. A partir
de esa fecha, la institución retoma la segunda definición
El concepto de bienestar animal, además de aplicarse pues es la que más se ajusta a sus objetivos de prevención
para animales de compañía, se emplea para animales y atención al maltrato animal, que busca en su trabajo cotidiano.
de consumo (de granja) y para la fauna silvestre. Asimismo, sustenta la Sugerencia que ha elaborado para fortalecer
Cada una de estas clasificaciones requiere elementos el marco jurídico aplicable en la Ciudad de México, con el objetivo
propios y deben determinarse para cada especie. de que sea operativa la consideración constitucional
Estos elementos no deben ser subjetivos, ni ambiguos, de que los animales son seres sintientes.
ni sujetos a interpretación. Por esta razón se desarrollan
con base en conocimiento científico y técnico. Para ello, fue necesario abordar también la definición y alcance
de lo que se considera tanto bienestar como maltrato animal,
La Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México incluyendo un enfoque técnico más actualizado sobre el bienestar
vigente define el bienestar animal como el “estado animal para que se considere como el estado físico y mental
en que el animal tiene satisfechas sus necesidades de salud, en que el animal vive y muere, conforme a las condiciones
32 Artículo 4 fracción XVIII de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de febrero de 2002. Ultima reforma publicada en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México el 17 de diciembre de 2019.
33 Tomado de: oie.int/es/que-hacemos/sanidad-y-bienestar-animal/bienestar-animal/ (consultado el 28 de noviembre de 2021). 97